¿Ha heredado o quiere planificar su herencia?  Le resultará difícil hacer frente a esta situación.

DÉJELO EN NUESTRAS MANOS

Le asesoramos, realizamos todos los trámites y respondemos a todas sus dudas y preguntas.

  • Quiénes son los herederos y en qué proporción.
  • Qué valor debe darse a los bienes y cómo incidirá dicha valoración en sus próximas declaraciones de renta y patrimonio. 
  • Cuándo puede disponer de la herencia.
  • A cuánto ascienden los impuestos y los gastos. 
  • Qué aplazamientos puede solicitar sin ningún tipo de recargo. 
  • Qué bonificaciones puede aplicarse. 
  • Cuándo debe acudir a un Notario y de qué plazos dispone 
  • A cuánto asciende el impuesto de plusvalía municipal mortis causa y en qué plazo debe pagarlo

OBTENDRÁ EL MAYOR AHORRO EN COSTES JURÍDICOS
Y EL TRATAMIENTO FISCAL MÁS VENTAJOSO  

 
 
 
 
 
RELACIÓN DE SERVICIOS 
  • Retirada del certificado de defunción.
  • Obtención del certificado de últimas voluntades.
  • Preparación del Acta de declaración de herederos, o en su caso, solicitud al Juzgado de la declaración de herederos abintestato.
  • Confección y redacción del Inventario y Avalúo de los bienes y deudas del causante.
  • Aceptación de la herencia. Asesoramiento y elaboración del cuaderno particional para la adjudicación de bienes a cada heredero.
  • Coordinación con Notaría en la elevación a documento público de los documentos que así lo requieran.
  • Asesoría fiscal y liquidación del impuesto de sucesiones, con actuaciones complementarias, en su caso, ante distintos organismos:
    • Solicitud de prórroga ante la Administración Tributaria en caso de que sea necesaria para la liquidación del impuesto.
    • Solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de pago. Asesoramiento y propuesta de la solución más ventajosa en caso de que en el inventario de la herencia no se disponga de efectivo o de bienes de fácil realización para el abono de las cuotas resultantes de la liquidación.
    • Obtención de las autorizaciones necesarias para que las entidades financieras expidan con cargo a las cuentas del causante talones a nombre de la Administración Tributaria o para que procedan a la venta de valores para hacer frente al pago del impuesto.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles del causante a nombre de los nuevos titulares. Control en cada momento de la documentación aportada al Registro y eventuales actuaciones posteriores a la presentación para la práctica de la inscripción.
  • Asesoramiento sobre incidencias fiscales posteriores: declaración del IRPF del causante, liquidación del impuesto de Plusvalía municipal mortis causa.